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4 de mayo de 2010

Realización del primer taller sobre audiencias en el proceso penal

Audiencias durante la IPP - En procesos especiales: flagrancia

Tal como hubiera sido publicado en este blog, el día lunes 3 de Mayo pasado, se dió comienzo al primer encuentro práctico, dentro del ciclo de talleres programados para el año 2010 en curso, abordándose en primer término la temática relativa a los aspectos particulares que suelen analizarse en las distintas audiencias del proceso penal regulado en la Provincia de Buenos Aires.
Respetándose el cronograma de la convocatoria hecha a los colegas en general, en el primer encuentro práctico expusieron como disertantes el Sr.Director del Instituto Dr. Juan A.Navarro, y el Dr. Luis Del Valle Moreno, ocasión en la que se aportó la experiencia práctica en materia de Reconocimiento en Rueda de Personas, diligencia señalada como una de las primeras oportunidades de actuación "oralizada" del abogado defensor, fuera de lo que es su actuación con la presentación de escritos. 
A renglón seguido, se abrió paso al tema de la audiencia del art. 308 del CPPBA, audiencia que a pesar de estar "gobernada" en la generalidad de los casos por el Agente Fiscal, nuestro código local -a diferencia del nacional- garantiza la bilateralidad, el contradictorio y la inmediatez de las partes, posibilitando incluso la efectiva presencia del tercero imparcial con  la asistencia eventual -a solicitud de parte- del Juez de Garantías, lo cual como nos ilustró el Sr. Director, no sucede en la práctica salvo casos de excepción. Destacamos asimismo la atinada comparación con el código nacional, donde el art. 295 autoriza la celebración del acto aún sin la presencia del defensor.

Por su parte, el profesor Dr. Luis Moreno tuvo a cargo -pizarrón mediante- la exposición introductoria al tema de las distintas audiencias que se sudeden dentro del proceso especial de flagrancia, ilustrándonos didácticamente sobre la audiencia de detención, para luego exponer sobre la mal llamada audiencia de "excarcelación" o audiencia multipropósito, donde además de plantearse aquella incidencia, suelen introducirse otras cuestiones que el mismo código habilita, (atenuación de la coerción, cese, denegación), habiéndose hecho además el paralelo con la misma audiencia que se celebra en el proceso común.
Reforzando el carácter "práctico" del encuentro, los asistentes formularon las distintas preguntas o inquietudes e incluso intercambiando experiencias personales, finalizando la esposición del Dr. Moreno -fiel a su estilo catedrático- con dos preguntas formuladas a los asistentes para discutir en el próximo encuentro: ¿Puede el Juez de Garantías otorgar la excarcelación de oficio e inaudita parte, antes de celebración de la audiencia coordinada por la OGA? ¿Puede declarar de oficio alguna nulidad previo a la celebración de la audiencia multipropósito?
Quedó así concluída la primera charla sobre el tema audiencias, quedando hecha desde ya nuestra invitación a los asistentes y quienes no han podido hacerlo, al próximo encuentro en el que se abordarán -si el tiempo nos lo permite- las audiencias de la etapa del debate, oportunidad en que se coordinará la realización de un simulacro de audiencia, con despliegue de los distintos roles involucrados.

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