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27 de septiembre de 2010

DOSSIER SOBRE INSEGURIDAD Y PODER JUDICIAL, EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

La RED DE JUECES PENALES de la Provincia de Buenos Aires, comprometida tanto en la defensa de la independencia del Poder Judicial, cuanto en la de los derechos humanos en el sistema penal, fue invitada por el Bloque de la Unión Cívica Radical del H. Senado de la Provincia de Buenos Aires a aportar ideas para la diagnosis de la grave situación de inseguridad que afecta a los bonaerenses, oportunidad en la que entregó el presente Dossier.
Desde un punto de vista estrictamente objetivo es innegable que nuestra población sufre diariamente hechos de violencia delictiva que han ido “in crescendo” en los últimos años y a los que la sociedad siente no se le dan respuestas adecuadas desde los poderes del estado provincial, por lo que la queja de “la falta de políticas que aminoren la inseguridad” resulta razonable y demanda nuestra máxima atención atento lo que nos impone el preámbulo constitucional.

Aunque la temática que abordamos es muy compleja y admite distintas lecturas -sociológicas, económicas, psicológicas, antropológicas, criminológicas, políticas, jurídicas, etc.- a partir de lo que observamos desde la función, se pueden hacer algunas reflexiones:

I.) Somero diagnóstico acerca de las Verdaderas Causas de la Inseguridad Bonaerense y algunas propuestas de solución:

Dejando a salvo que éste no pretende ser un análisis exhaustivo de la cuestión, empezamos por señalar

20 de septiembre de 2010

Negativa a conceder salidas transitorias sin traslado a la Defensa

No tuvieron en cuenta la opinión del fiscal  (Fuente: Diario Judicial)

Todo pesa a la hora de evaluar las salidas transitorias

En un fallo dividido, la Cámara de Casación confirmó una sentencia de un juez de Ejecución Penal que se negó a conceder el beneficio porque tuvo en cuenta, entre otras cosas, que el hombre vivía en el barrio Zabaleta calificado como un “contexto geográfico vulnerable”. En disidencia, la jueza Ledesma dijo que “se violó el derecho de defensa, por cuanto el juez de ejecución no le dio intervención al defensor técnico”.

La Sala III de la Cámara de Casación Penal, en un fallo dividido, rechazó concederle salidas transitorias a un hombre que había sido condenado a tres años y cuatro meses de prisión. El voto de la mayoría, integrada por Eduardo Riggi y Liliana Catucci subrayó que la opinión del fiscal no es vinculante para el juez en tanto que la camarista Angela Ledesma sostuvo en minoría que “se violó el derecho de defensa, por cuanto el juez de ejecución no le dio intervención al defensor técnico”.

El juez Riggi, a cuyo voto adhirió Catucci, dijo que “la circunstancia de no haberse opuesto el fiscal, no obsta a que el magistrado, en su calidad de tal y en el ejercicio de la función jurisdiccional que ostenta pueda resolver de manera contraria a lo dictaminado por aquel, pues no se encuentra vinculado por la opinión favorable o no del representante del Ministerio Público Fiscal”.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 28 había condenado a Marcelo Rodríguez a tres años y cuatro meses de prisión y luego el juzgado de Ejecución Penal Nº 2 decidió “no hacer lugar a la incorporación” del hombre “al régimen de salidas transitorias”.

El defensor oficial de Rodríguez consideró que ese pronunciamiento “constituyó una afectación al derecho de defensa en juicio, ya que el [juez] arribó a una solución sin dar oportuna vista del contradictorio” y añadió que “el principio de congruencia fue vulnerado al haberse dictado un fallo por sobre el límite de la pretensión del representante del Estado”, es decir, el fiscal.

El tribunal recordó que el juez de primera instancia había tenido en cuenta que Rodríguez vive en el barrio Zabaleta, “calificado por la autoridad penitenciaria como ‘ubicado en un contexto geográfico vulnerable dentro del ámbito de la ciudad de Buenos Aires’”.

El juez Riggi enfatizó que “la tacha de arbitrariedad que (…) interpone la defensa no pasa de ser un mero disenso con la valoración de las circunstancias fácticas efectuada por el señor juez interviniente”.

En disidencia, la camarista Ángela Ledesma expresó que se violó el derecho de defensa, por cuanto el juez de ejecución no le dió intervención al defensor técnico en el trámite del incidente, omisión que vulneró el derecho de defensa en juicio consagrado en el artículo 18 de la Constitución Nacional, pues esa parte no pudo analizar y contradecir el contenido de todos los informes que existían en el legajo del encausado.

La jueza Ledesma dijo que “la arbitrariedad de la resolución recurrida reside también en no haber analizado todos los informes agregados al legajo. Así, (…) se advierte que la madre del interno expresó conformidad para recibirlo en su domicilio, en caso de que acceda a las salidas transitorias, contrariamente a lo que sostuvo el magistrado basándose en un informe anterior”.

Descargar fallo completo

7 de septiembre de 2010

Realización de la charla sobre delitos ambientales

Se celebró en el Colegio el día lunes 06 de septiembre la charla sobre "Delitos Ambientales - Aspectos Procedimentales" oportunamente publicada en esta página, actividad que estuvo organizada por el Instituto de Derecho Ambiental a cargo de la Dra. Viviana Edith Reinieri, con la colaboración de este Instituto. En la oportunidad nos recibió la propia Directora del Instituto dando apertura al encuentro, exponiendo a modo introductorio sobre las particularidades especiales de esta nueva rama científica del Derecho, haciendo primordial referencia a las cuestiones que se suscitan en los procedimientos originados en infracciones y delitos contra el medio ambiente, como tópico principal a tratar en la presente convocatoria.

A continuación, cedió la palabra al Director de este Instituto, Dr. Juan Navarro, quien supo aportar en relación a la temática propuesta la experiencia profesional propia en materia ambiental, justamente desde el punto de vista de la actuación procesal de quien aboga en causas de este tipo, sea dicha actuación relacionada con la defensa de personas físicas o jurídicas que resultan imputadas o el asesoramiento de quienes se constituyen como denunciantes y afectados,  destacando la importancia de esta poco conocida rama del derecho en el ámbito forense cotidiano, que va creciendo y formándose con normas reglamentadoras de la manda constitucional de 1994 a nivel nacional y provincial.

Siguió a continuación la disertación del invitado especial del encuentro, el Licenciado Luis Julián, quien además es funcionario de la División Docencia del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina, profesional que según lo prometido, tenía a su cargo el ilustrarnos acerca de la actuación de la policía en procedimientos vinculados a este tipo de delitos, y demás aspectos relativos a legislación y competencias. Cumpliendo acabadamente con el temario, el experto explicó detalladamente el actual panorama en que se encuentra la prevención y actuación de las oficinas especializadas de la PFA en esta materia, y la infraestructura puesta al servicio de estos cometidos en procedimientos de prevención y/o en los procesos con intervención judicial, ilustrándonos además con el aporte de material audiovisual y fotografías de casos reales relacionados con procedimientos efectuados en distintas situaciones de infracción, tanto por parte de empresas como de particulares.

El aporte del experto en la materia específica consolidado a través de su destacada capacitación profesional y experiencia funcional, ha sido de un gran valor académico y práctico, satisfaciendo los objetivos fijados por los Institutos en su conjunto, en procura de la permanente capacitación y perfeccionamiento de los matriculados y asistentes.

Agradecemos la colaboración y asistencia de los miembros del Instituto, en especial la presencia entre otros, de los Doctores Alvarito Alejandro, Corkish Alfredo, Perez Mariela, Daniel Vazquez Seoane, Nieves Ismael, Mariela Martín y Marcelo Spadaro.

Descargar material de consulta

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