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7 de junio de 2012

La Suprema Corte provincial aprobó el protocolo sobre "Cámara Gesell"


Fuente: Diario Judicial

Medida a favor de los menores
Poder ver más allá
La Suprema Corte bonaerense, junto a la Procuración General provincial, establecieron las pautas para tomar testimonios mediante la utilización de la Cámara Gesell, una medida impuesta en la provincia desde mayo de este año.
A comienzos de mayo de este año, la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) emitió su resolución 903/12 en la que se estableció el uso de la Cámara Gesell en el ámbito de la Justicia bonaerense, según lo normado por el Código Procesal Penal provincial.

Por eso, y en orden a poder llevar a cabo correctamente las tareas de implementación del sistema, desde el máximo tribunal de Buenos Aires, junto a la Procuración General de la provincia, crearon un protocolo con las pautas y pasos a seguir para tomar declaración testimonial a los menores de edad contemplados en la aplicación de la Cámara.

La iniciativa fue llevada a cabo luego de que ambos órganos de la Justicia llevaran a cabo informes para establecer algunos parámetros en torno a la normativa.

Desde la SCBA aseguraron que el protocolo se redactó “con la participación de las dependencias citadas, el texto del Protocolo indicativo de pautas a tener en cuenta para la recepción de testimonios de niños, niñas y adolescentes –menores de 16 años víctimas o testigos de alguno de los delitos tipificados en el Libro II Título III del Código Penal, como así también para personas con padecimientos o deficiencias mentales”.

Asimismo, consignaron que “a los efectos de lograr su correcta y pronta implementación, deberá encomendarse a la Secretaría de Planificación de la Suprema Corte y a las Secretarías de Estrategia Institucional y de Política Criminal de la Procuración General las gestiones necesarias para la adecuada capacitación de cada uno de los operadores del nuevo mecanismo de recepción de testimonios”.

También aseveraron que “deberán determinarse los espacios físicos donde serán instalados los equipos adquiridos para la utilización de la Cámara Gesell, debiendo tenerse en cuenta que su uso será compartido entre las jurisdicciones Administración de Justicia y Ministerio Público y que los fueros que recurrirán con mayor asiduidad serán el Fuero Penal, el de Responsabilidad Penal Juvenil y el de Familia”.

Una de las primeras precisiones del protocolo es que “cuando concurra el niño/a o adolescente o persona con deficiencia o padecimiento mental con el adulto a efectuar la denuncia en sede policial de un episodio de maltrato o abuso sexual, no se le recibirá formalmente testimonio”.

Asimismo, el texto de la iniciativa prevé que “se le recibirá declaración al adulto respecto de lo que conociere por su propia experiencia y/o lo que el niño/a o adolescente o persona con deficiencia o padecimiento mental le contare”, a la vez que “se deberá prestar especial atención a eventuales deformaciones de la realidad expresada por el adulto según lo contado por el niño/adolescente o persona con deficiencia o padecimiento mental cuando el adulto que acompaña posea un vínculo con el posible agresor”.










15 de mayo de 2011

Presentación de una Guía de Buenas Prácticas realizada por la ADC y UNICEF

Taller en Bahía Blanca sobre abordaje judicial de niños/as y adolescentes víctimas o testigos de violencia y delitos.
El viernes 13 de Mayo de 2011, se presentó en el Auditorio de la Defensoría General Departamental, la "Guía de Buenas Prácticas para el abordaje judicial de niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos de violencia, abuso sexual y otros delitos. Protección de sus derechos y obtención de pruebas válidas para el proceso". También se discutió la situación actual, los problemas surgidos y las reformas sugeridas.

La "Guía de Buenas Prácticas para el abordaje judicial de niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos de violencia, abuso sexual y otros delitos. Protección de sus derechos y obtención de pruebas válidas para el proceso" fue desarrollada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y UNICEF, y presentada este viernes en Bahía Blanca. También se debatió sobre los principales problemas detectados en el ámbito judicial respecto del abordaje de niños/as víctimas, y recomendaciones prácticas para la protección de la víctima, evitar su revictimización y la obtención de pruebas válidas y de calidad adecuada. Estos problemas y recomendaciones fueron discutidos con los participantes, haciendo hincapié en su experiencia en el trabajo en la temática y estructurados en torno a la recepción de la denuncia inicial, el examen médico forense, la entrevista de declaración testimonial, las pericias psicológicas, entre otros.

Estuvieron programadas las exposiciones de cuatro integrantes del Grupo de Trabajo que participó en la realización de la Guía:

Virginia Berlinerblau, médica psiquiatra especialista en niños y medicina legal. Integra el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional.

Martiniano Terragni, Abogado y Secretario de la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios de la Procuración General de la Nación.

Mariano Nino, sociólogo, coordinador del Proyecto "Acceso a la Justicia de NNyA víctimas y testigos de delitos y violencia". Integra la Asociación por los Derechos Civiles (ADC)

Jesica Sotelo, abogada del Proyecto. Integra la ADC.

Antecedentes del proyecto:

Desde el 2008 la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), JUFEJUS (Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires ) y UNICEF realizan un trabajo de relevamiento y colaboración con organismos judiciales de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con intervención en el abordaje y la protección de niños/as y adolescentes (en adelante NNyA) víctimas o testigos de violencia intrafamiliar, abuso sexual y otros delitos. El sitio web del proyecto es www.proteccioninfancia.org.ar.

A partir de este trabajo se reconoció el importante avance que han significado las reformas introducidas en los códigos procesales penales de la Nación y de la mayoría de las provincias, desde el 2004 hasta la fecha, que han establecido la obligatoriedad de mantener un abordaje y una protección especial para las NNyA víctimas y/o testigos de los hechos mencionados, durante el proceso judicial. En particular, se estableció la necesidad de procurar que las NNyA tengan que declarar una única vez a lo largo del proceso judicial, que lo hagan únicamente ante una psicóloga especializada y a través de herramientas tecnológicas que permitan a las partes seguir las alternativas de la entrevista desde afuera del recinto. El objetivo es reducir lo más posible el estrés que supone para la NNyA atravesar el proceso y evitar su revictimización, a la vez que se favorece obtener pruebas válidas y de la mejor calidad posible que ayuden a la realización de Justicia.

Con el objetivo de contribuir a mejorar esta situación, desde ADC y UNICEF se conformó un equipo de trabajo, integrado por especialistas de las distintas disciplinas involucradas, representantes de diferentes organismos y organizaciones, y de varias provincias y regiones y se elaboró una serie de lineamientos que debe tener el procedimiento para cumplir con los requisitos planteados. Estos lineamientos se presentan a modo de “Buenas Prácticas” con el fin de orientar y asistir a la actuación de los diferentes funcionarios y autoridades involucrados en las distintas instancias del proceso y así apoyar sus esfuerzos por mejorar las condiciones y la calidad del abordaje que se le brinda a NNyA víctimas o testigos en el proceso penal.

Esta Guía de Buenas Prácticas se viene presentando en diversos puntos del país. A partir de la experiencia y el intercambio que resulte de estos encuentros se realizarán sucesivas revisiones y re-ediciones de esta Guía.

Entre los expertos que participaron en la elaboración de la Guía de Buenas Prácticas se encuentran:

Virginia Berlinerblau. Médica, Especialista en Psiquiatría infanto-juvenil y en Medicina Legal. Médica Forense de la Justicia Nacional

Tony Butler. Doctor en Psicología y Profesor en psicología forense de la Universidad de Gloucestershire, Reino Unido. Ex Jefe de Policía en Cuerpo de Oficiales de Paz de Constabulary

Zulema Díaz. Psicóloga Forense del Poder Judicial de Neuquén

Diego Freedman. Abogado y Docente en la Comisión de Derecho Penal Juvenil de la Universidad de Buenos Aires

Mariano Nino. Sociólogo, miembro de la ADC y Responsable Técnico del Proyecto “Acceso a la justicia y protección de NNyA víctimas y testigos de delitos o violencia” ejecutado en conjunto entre ADC y UNICEF

Gimol Pinto. Abogada Especialista en Protección de Derechos de UNICEF; Responsable Técnica del Proyecto “Acceso a la justicia y protección de NNyA víctimas y testigos de delitos o violencia” ejecutado en conjunto entre ADC y UNICEF

Romina Pzellinsky. Abogada y Consultora de UNICEF; Responsable Técnica del Proyecto “Acceso a la justicia y protección de NNyA víctimas y testigos de delitos o violencia” ejecutado en conjunto entre ADC y UNICEF

Martiniano Terragni. Abogado y Secretario de la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios de la Procuración General de la Nación

Fuente: ADC - Asociación por los derechos civiles


30 de mayo de 2010

La implementación de la Cámara Gessell en la Provincia de San Luis

San Luis: los datos que deja la Cámara Gesell

En abril se cumplió un año de la implementación de la cámara Gesell en esa provincia. Según los datos brindados por los responsables de su ejecución, en un 62% de los casos de abusos existe un vínculo con el abusador, y en el 81% las víctimas son de sexo femenino.

En abril de año pasado se inauguraba en San Luis la Cámara Gesell, utilizada para tomarle declaración a niños testigos o victimas de violencia familiar y/o delitos de integridad sexual. A un año de su implementación, los datos destacan que en el 62% de los casos de abuso existe un vínculo con el abusador (un 25% que corresponde a la pareja de la madre y el 38% corresponde a personas ajenas al ámbito familiar de la víctima).

Durante estos 12 meses la cámara fue utilizada por magistrados, funcionarios, representantes de ambos Ministerios Públicos y peritos psicólogos del Cuerpo Profesional Auxiliar, dependiente de los Juzgados de Familia y Menores de la primera circunscripción de San Luis. Además del vínculo, en el caso del género, en un 81 %, las víctimas son de sexo femenino. Porcentaje equiparable a lo que se sucede a nivel nacional, donde el 84% de las víctimas es de sexo femenino y el 16% masculino.

En cuanto a la edad, en un 56% el abuso se da en menores que poseen entre 13 y 16 años, y en un25%, en menores que tienen entre 10 y 12 años. En donde además en un 44% el abuso es con acceso carnal y en un 56% sin acceso carnal.

Ante estos números, María Samper, psicóloga del Cuerpo Profesional Auxiliar del Juzgado de Familia y Menores de la 1º Circunscripción Judicial, sostuvo que “educar a la población en general y particularmente a los individuos que se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad, se convierte en una herramienta indispensable para la prevención de este tipo de delitos”. “Sin embargo -agregó- como se sabe que las medidas preventivas, siempre resultan insuficientes ante estos hechos tan siniestros, es fundamental que quienes trabajamos en la justicia, velemos por la integridad del menor víctima de abuso sexual y/o violencia familiar”.

Por su parte, Estela Inés Bustos, Juez de Familia y Coordinadora de Cámara Gesell en la ciudad de San Luis sostuvo que “todos dimos los pasos iniciales, pero con la firme convicción de que la justicia debe brindar a los niños/as y/o adolescente/s un marco adecuado de contención para que su/s declaración/es sea/n tomada/s en su Interés Superior, garantizando su derecho al acceso a una justicia eficaz y eficiente; con la consiguiente protección de sus derechos”. Y agregó que ello “sin dejar por ello de lado, los derechos del presunto autor de los supuestos actos ilícitos denunciados y/o atestiguados”.

“El trabajo tribunalicio se ha visto enriquecido y valorizado en materia de menores, teniendo en cuenta que la declaración de los infantes, en el antiguo sistema, se tomaba en reiteradas ocasiones y en ámbitos absolutamente inadecuados, revictimizando de esta manera al niño”, expresó Martín Jofré, Secretario del Juzgado de Instrucción en lo Penal Nº 1 de la 1º Circunscripción.

El 3 de abril del 2009 se puso en funcionamiento la cámara Gesell cuyo equipamiento fue donado por UNICEF, a través de un convenio celebrado con la Junta Federal de Cortes (JUFEJUS).

Fuente: DiarioJudicial

4 de diciembre de 2009

Modelos de Gestión Judicial - 02/12/2009 - Córdoba

El Poder Judicial podrá utilizar las Cámaras Gesell de las escuelas públicas. También podrá realizar autopsias en las instalaciones de los hospitales provinciales.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) firmó este mediodía un acuerdo con el Ministerio de Educación de la Provincia que permitirá la utilización por parte de órganos judiciales de las “Cámaras Gessell” (salas especialmente diseñadas para entrevistar a niños que pasaron por situaciones traumáticas), que están instaladas en los establecimientos educativos diseminados en el ámbito de la provincia.
El acuerdo tiene por objetivo evitar la llamada "victimización secundaria", es decir, los sufrimientos provocados a las víctimas y los testigos de ataques contra la intimidad sexual por las instituciones encargadas de impartir justicia, durante al investigación de los ilícitos.
El Poder Judicial se comprometió a entregar el equipamiento necesario para la realización de las entrevistas con los menores y a realizar un adecuado mantenimiento del mismo.
Asimismo, se estableció que las mejoras edilicias y la totalidad de los equipos y elementos que se incorporen a las “Cámaras Gessell”, quedarán en poder del Ministerio de Educación.
Autopsias. Paralelamente, el TSJ suscribió otro convenio con el Ministerio de Salud de la Provincia para utilizar, sin contraprestación dineraria alguna, las instalaciones de los hospitales públicos ubicados en el interior para la realización de las autopsias que sean ordenadas en sede jurisdiccional.
El convenio establece que el Poder Judicial tendrá a su cargo equipar a la morgue con las cámaras de frío y proveer el material descartable e insumos que sean necesarios para realizar las autopsias por parte de los médicos forenses.
En una primera etapa, Ministerio de Salud pondrá a disposición del Poder Judicial de las instalaciones del Hospital Regional Dr. Ernesto Romagosa de Deán Funes, el Hospital Provincial Villa Dolores, el Hospital Provincial Dr. José Antonio Ceballos de Bell Ville.






Fuente: Actualidad Juridica Online
© 2009 - Actualidad Jurídica - Duarte Quirós

2 de noviembre de 2009

A favor de la Cámara Gessell

San Luis: la Cámara Gesell realizó su primera audiencia

Fue inaugurada en abril de este año por el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, pero ahora se realizó su primera audiencia. Entre las conclusiones de esta primera experiencia se destacan las palabras de la jueza de la causa, Mirta Esley, quien dijo “tuve una visualización mucho más completa de la niña, porque pude concentrarme no solo en sus palabras, sino también en sus actitudes corporales y gestuales”.

Inaugurada en abril del presente año por el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, se llevó a cabo la primera audiencia en las instalaciones de la Cámara Gesell. La misma fue en el marco de una causa en la que una menor fue víctima de un abuso sexual, la cual está radicada en el Juzgado de Instrucción Nº 1 de la Provincia.
De ella participaron Mirta Esley, Juez del Juzgado de Instrucción Nº 1, el Secretario del juzgado, Martín Jofré, la Defensora de Menores, Marcela Torres Cappiello, el Fiscal Nº 1, Ernesto Lutens y los abogados de las partes. Como entrevistadora intervino la Lic. María Samper, integrante del Cuerpo Profesional Auxiliar.
Todos los participantes se ubicaron en la sala de observación, de tal forma de poder observar a la
niña y previamente desarrollar un pliego de preguntas que Samper facilitó en un lenguaje sencillo para que la niña pudiera comprender y responder.
Luego de la entrevista, Mirta Esley manifestó que con este tipo de audiencias tuvo “una visualización mucho más completa de la niña, porque pude concentrarme no solo en sus palabras, sino también en sus actitudes corporales y gestuales. Por ejemplo, la niña demostró actitudes avergonzantes, elevaba la voz, se encogía y
agachaba la cabeza”.
Por su parte, Martín Jofré dijo que la experiencia “nos confirmó cuestiones que en otro ámbito, como
la oficina del juzgado, no se hubieran podido obtener. La Cámara Gesell es un factor determinante en este tipo de casos” y remarcó la importancia que esta tiene para evitar la revictimización.
En el mismo sentido, Torres Cappiello expresó su gran satisfacción de contar con un ambiente privado y adecuado para la toma de declaración a niños y/o adolescentes, y de este modo, velar por el respeto de los derechos de los mismos.
Por su parte, María Samper, profesional que realizó la entrevista a la víctima, expresó las ventajas de la audiencia destacando que se pudo obtener de la menor un testimonio, no sólo de carácter verbal “por ejemplo, la niña estaba preocupada y se ponía de espaldas al vidrio, porque sabía que había gente del otro lado, y esta actitud se puede analizar, los psicólogos podemos leer el lenguaje corporal” dijo.


“Para evitar la revictimización, soy la encargada de realizar el peritaje. En este segundo encuentro, si se pueden utilizar pruebas proyectivas y gráficas y entrevistar a la niña cuantas veces sean necesarias, debido a que los niños tienen sus tiempos, como pueden tardar 5 minutos otros pueden demorar veinte en producir la prueba. Aquí los interrogatorios no solo se relacionan al hecho en sí, sino que además se le efectúan otro tipo de preguntas para descubrir si hay afectaciones de maduración o inteligencia, debido a que se trata de hechos traumáticos” culminó.

Fuente: Diario Judicial

17 de septiembre de 2009

Resolución de la Direccion General de Asesorias Periciales

 "La Plata, 7 de septiembre de 2009. VISTO  los  reclamos  formulados  por Magistrados  y  Funcionarios, tanto  de  la  Administración  de  Justicia  como  el  Ministerio  Público,  y Peritos Oficiales con relación a la utilización de la Cámara Gesell u otra de observación  similar, en el marco del artículo 102 bis del Código Procesal Penal, y
    CONSIDERANDO,
Que por ley 13.954 (Publicada en el B.O. el 5 de febrero de 2009), se incorporó  el  artículo  102  bis  al Código  Penal,  relativo  a  la  recepción  de declaración testimonial a menores de dieciséis (16) años de edad, que han sido víctima de alguno de los delitos tipificados en el Libro II  Titulo III delCódigo Penal. Que no obstante el tiempo transcurrido desde la entrada en vigencia
de  la  norma  ut  supra  referida,  hasta  la  fecha,  continúan  suscitándose inconvenientes  acerca  de  la  utilización  de  la  Cámara  Gesell  u  otra  de observación similar.          
Que  de  la  lectura  de  la  norma  en  cuestión,  se  entiende  surge  de manera  clara  la  facultad  del  Fiscal,  Juez  o  Tribunal  de  utilizar  una  sala  acondicionada  al  efecto  de  cumplir  con  la  nueva  disposición,  tal  como podría ser la Cámara Gesell u otra similar.
POR  ELLO,  de  conformidad  con  lo  expuesto  y   en  uso  de  las  facultades atribuidas por el Acuerdo 1793,
EL DIRECTOR GENERAL DE ASESORIAS PERICIALES
R E S U E L V E     
 Artículo  1°. Hacer  saber  a  los  Peritos  Oficiales  que  deberán cumplir  con  los  requerimientos  formulados,  legal  y  legítimamente  por autoridad  judicial competente, en el marco y con  los alcances del artículo 102 bis del Código Procesal Penal,  toda vez, que  es  facultativo de quien dirige  el  proceso,  determinar  la  procedencia  o  no  del  uso  de  la Cámara Gesell, siendo de su responsabilidad la correcta aplicación.
Artículo  2°. Para  el  caso  que  los  Peritos  Oficiales  tuvieran incertidumbre sobre la metodología a utilizar o consideren la necesidad de
capacitarse  al  efecto  deberán  requerir  asesoramiento  a  la  Dirección
General  a  través  de  la  Asesora  Técnica  Licenciada  Susana  Iglesias  o  la
Coordinadora  del  Cuerpo  Técnico  del  Fuero  de  Responsabilidad  Penal
Juvenil del departamento judicial La Plata, Licenciada Martha Klium. 
Artículo 4°. Regístrese, notifíquese y póngase en conocimiento de la  Subsecretaría  de  Servicios  Jurisdiccionales  para  su  comunicación  a  la Presidencia  de  la  Suprema  Corte  de  Justicia,  Procuración  General  y Organismos Judiciales vía correo electrónico. GUSTAVO ENRIQUE CAPPELLI  - REGISTRO NRO.  500/09"

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